CONTABILIDAD ELECTRÓNICA
A partir de este 2015 las personas físicas y morales con ingresos acumulables arriba de cuatro millones de pesos en el ejercicio 2013, están obligados a enviar su contabilidad a través de medios electrónicos.
Esta nueva obligatoriedad fiscal ha generado diversas dudas entre los contribuyentes, razón por la cual se anotan las respuestas a tres preguntas: ¿por qué la SHCP implementó la contabilidad electrónica?, ¿por qué tantos requerimientos en el contenido de las pólizas contables?, ¿por qué quieren saber tantas cosas?
Conoce la Contabilidad Electrónica
La contabilidad electrónica se refiere a la obligación de generar los registros y asientos contables por medios electrónicos. Dicha obligación también implica la declaración mensual por medios telemáticos de los documentos en el Buzón Tributario facilitado por el SAT.
La regulación de la contabilidad electrónica, que afecta a todas las personas físicas y morales, está detallada en la segunda resolución de modificaciones a la RMF y su anexo 24.
Novedades en materia de Contabilidad Electrónica 2017
a) Catálogo de cuentas (código agrupador del SAT)
Documento en el que se detallan de forma ordenada, todos los números (claves) y nombres de las cuentas de activo, pasivo, capital, ingresos, costos, gastos y cuentas de orden, aplicables en la contabilidad de un ente económico. Como el código agrupador del SAT tiene el objetivo de que la información sea presentada de manera uniforme, es necesario que los contribuyentes asocien las cuentas de su catálogo de cuentas al código agrupador por naturaleza y preponderancia de la cuenta.
b) Balanza de comprobación
Es el documento contable que incluye y en lista los saldos y movimientos de todas las cuentas y subcuentas de activo, pasivo, capital, ingresos, costos, gastos y cuentas de orden, que además muestran la afectación en las distintas cuentas.
c) Pólizas del período
Son documentos internos donde se registran las operaciones desarrolladas por un ente económico, ahí se relaciona la información necesaria para su identificación, puesto que la póliza deberá¡ permitir la identificación del comprobante fiscal que ampare la transacción, así como el método de pago.
d) Auxiliar de folios de comprobantes fiscales
Es el documento a detalle que permite identificar y vincular los folios fiscales de los comprobantes fiscales con las pólizas del periodo que se registren, las cuales pueden incluir operaciones nacionales y extranjeras, con los diferentes tipos de comprobantes y métodos de pagos. Este reporte es opcional para los contribuyentes que no vinculen los comprobantes fiscales en las polizas del periodo.
e) Auxiliares de cuenta y subcuenta
Es el documento que contiene el detalle de cada una de las cuentas y subcuentas en el que se resume el total de movimientos ocurridos en un periodo determinado de los rubros de activo, pasivo, capital, ingresos, costos, gastos y resultado integral de financiamiento, así como de las cuentas de orden, las cuales incluyen invariablemente el saldo inicial, movimientos deudores y acreedores, además de su saldo final.
f) Catálogo de monedas
Este se utiliza cuando los contribuyentes realizan operaciones con diferentes tipos de monedas distintas de la divisa nacional, de modo que el registro contable de la póliza debe apoyarse en el catálogo de monedas.
g) Catálogo de bancos
Se utiliza cuando los contribuyentes realizan operaciones con diferentes bancos nacionales, así que el registro contable de cada póliza debe apoyarse en el catalogo de bancos.
h) Catálogo de métodos de pago
Se utiliza al momento de realizar su registro contable con los diferentes métodos de pago.
Dentro de los cambios más importantes en esta materia que se realizaron para este año, los relacionados con la información referente al método de pago, establecen la obligatoriedad de relacionar el detalle de los cheques, transferencias u otros métodos de pago aplicables a entrada o salida de recursos
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